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Banner de violencia basada en género de Alerta Villa

Cuando escuchamos sobre violencia, recordamos las diversas noticias que vemos diariamente en la televisión u oímos en la radio.

La violencia es todo acto, real o simbólico, de ejercer fuerza sobre otra persona, animal u objeto originando un daño sobre los mismos con el fin de mantener poder. El elemento principal de toda acción violenta es el uso de la agresividad como respuesta.

Es así, que dentro y fuera de casa, las personas están buscando mantener poder y control de quien este vulnerable.

¿Qué es género?

El género aparece con la finalidad de mostrar las desigualdades de trato que se nos da desde que nacemos, entre hombres y mujeres. La sociedad o el entorno, repite roles y estereotipos de género; que nos impone a como pensar, ser, actuar, hablar y comportarnos.

Por ejemplo: se espera que las mujeres y las niñas se vistan de forma femenina y que sean educadas, complacientes y maternales. A su vez, que los hombres sean fuertes, agresivos e intrépidos. Esto no debería ser un mandato ni una obligación.

Actualmente este concepto se ha ampliado, permitiendo la integración de los conocidos géneros no binarios e identidad de género.

¿Qué es violencia de género?

La violencia basada en género se da por la creencia negativa que nos ha impuesto la sociedad en la que los hombres valen más que las mujeres, lo cual provoca que se asuma que las mujeres son inferiores y son de pertenencia masculina.

Por ende, las mujeres sufren mayor violencia por el mero hecho de ser mujeres, se asimila que el ser mujer es ser inferior o tener menos poder de defensa y/o derechos.

Esta violencia también afecta a las personas LGBTIQ+, quienes cuestionan las normas tradicionales de género, del binomio hombre/mujer, y cuyos cuerpos difieren de los cuerpos “femeninos” y masculinos” estándar.

En el Perú, la normativa que rige la problemática de violencia es la Ley N° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, la cual define el problema de la siguiente forma:

“La violencia contra las mujeres es cualquier acción o conducta que les causa muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico por su condición de tales, tanto en el ámbito público como en el privado”.




Nota: Desliza el mouse por los cuadros de texto para obtener más información.

¿En qué ámbitos se da la violencia?


Se refiere al espacio público (calle, escuela, centros comunales y/o públicos) y/o personas sin vínculo parental o sanguíneo (vecinos/as, amigos/as, etc.)
Se refiere al espacio cercano o familiar, este puede ser físico (casa y/o hogar) o con quienes se mantiene un vínculo sanguíneo o de cuidado (pareja, grupo familiar, de apoderados y/o tutores legales).

Ámbitos de la violencia de género

Se refiere a las instituciones públicas y sus representantes, que deberían resguardar y cuidar la integridad de todo peruano/a.








¿Cuáles son los tipos de violencia?


Es la acción o conducta, que causa daño a la integridad corporal o a la salud. Todo daño físico o que puedan llegar a ocasionarlo, sin importar el tiempo que se requiera para su recuperación.

Por ejemplo:

• Los daños físicos por golpes y lesiones.

• Daños que afectan la salud física (vivir en condiciones precarias, desnutrición, prohibición de asistencia de salud, etc)

• Abandono y negligencia que dañan la integridad física.

Es la acción o conducta, tendiente a controlar o aislar a la persona contra su voluntad, a humillarla o avergonzarla y que puede ocasionar daños psíquicos.

Por ejemplo:

• Insultos y burlas.

• Mensajes de desprecio.

• Humillación.

Son acciones de naturaleza sexual que se cometen contra una persona sin su consentimiento o bajo coacción. Incluyen actos que no involucran penetración o contacto físico alguno.

Por ejemplo:

• Abuso sexual.

• Tocamientos indebidos.

• Acoso sexual.

Es la acción u omisión de los recursos económicos o patrimoniales de cualquier persona.

Por ejemplo:

• La apropiación, posesión, tenencia o propiedad de bienes de la presunta víctima.

• Destrucción y/o retención indebida de documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales.

• La limitación de los recursos económicos destinados a vivir una vida digna.


Nota: Haz click en los cuadros para obtener más información.

¿Cuáles son las modalidades de violencia?¹

+
Violencia en relación de pareja
Es cualquier acción o conducta que, dentro de una relación íntima o de afecto, actual o posterior a ella; causa muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o afectación económica-patrimonial, a las mujeres en su diversidad.
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Trata de personas con fines de explotación sexual
Reclutamiento, transporte, embarque o recepción de personas, por medio de amenaza, uso de la fuerza, coacción, fraude, engaño, abuso de poder o de situaciones de vulnerabilidad, o mediando pago o beneficio económico en la obtención del consentimiento de una persona para que ceda el control sobre otra con el propósito de su explotación. La explotación incluye, como mínimo, la derivada de la prostitución y de otras formas de explotación sexual hacia las mujeres.
+
Esterilizaciones y forzadas
Los procedimientos quirúrgicos y esterilización realizados a una persona contra su voluntad o sin consentimiento libre e informado, son considerados grave violación de derechos humanos. Cuando ha sido tolerada o promovida por el Estado, se está ante un crimen de lesa humanidad.
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Acoso político
Es cualquier conducta que menoscabe, discrimine, anule, impida, limite, obstaculice o restringa el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos políticos de las mujeres.
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Violencia en conflicto armado
Durante situaciones de conflicto armado se incrementa la violencia de género contra las mujeres. En el Perú, en el conflicto armado entre los años 1980 y 2000, se cometieron actos de violencia sexual y abuso contra mujeres, siendo los agresores integrantes de los grupos subversivos, pero también agentes del Estado.
+
Violencia por orientación sexual

Es cualquier acción o conducta que, cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o afectación económica-patrimonial, a las personas por su orientación sexual. La violencia hacia la diversidad sexual tiene como expresión más grave a los homicidios, asesinatos y violaciones sexuales a los cuales se les denomina “crímenes de odio” o “violencia por prejuicio”.

1. Orientación sexual, se refiere a la capacidad de cada persona de sentir atracción emocional, afectiva y sexual por otras personas.

2. Identidad de Género, es la vivencia interna e individual del género, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo y otras expresiones de género.

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Violencia contra mujeres con virus de inmunodeficiencia humana – VIH
Todo hecho o acto violento contra las mujeres con VIH, que imposibilite a una vida digna, libre y sin estigma, incluye la violencia por el derecho a la cesárea, única vía para evitar el contagio al/a recién nacido/a y abastecimiento oportuno de insumos, medicamento, exámenes o pruebas complementarias.
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Violencia contra las mujeres con discapacidad
Con las mujeres con discapacidad se da una situación de doble discriminación, que da lugar a que formas extremas de violencia como el abuso y la violación sexual queden en total impunidad.
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Explotación sexual de niñas, niños y adolescentes
Ocurre cuando un grupo de personas o una persona involucra a niñas, niños o adolescentes en actos sexuales para satisfacción propia o de otras personas a cambio de cualquier tipo de beneficio, dinero, especias, protección y/o regalos.
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Violencia contra mujeres afroperuanas
Es cualquier acción o conducta que, causa muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o afectación económica-patrimonial, a las mujeres afroperuanas. Predomina la violencia psicológica, manifestada a través del acoso sexual o insultos con un contenido racista y sexista
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Desaparición por particulares
La desaparición de mujeres, niñas, niños y adolescentes es una forma de violencia de género, siendo una problemática a la que se encuentran vinculadas con otras formas de violencia, como la violencia sexual, la trata de personas, los feminicidios, entre otras.
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Feminicidio
El asesinato de una mujer por su condición de tal, que puede estar vinculado a otras situaciones de violencia, en diversos contextos, en cuya base está la discriminación de género.
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Acoso sexual en espacios públicos
Todo acto donde se vigila, persigue, hostiga, asedia o busca establecer contacto o cercanía con una persona, sin el consentimiento de esta, para llevar a cabo actos de contenido sexual, valiéndose del uso de cualquier tecnología de la información o de la comunicación.
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Hostigamiento sexual
Toda conducta de naturaleza sexual o sexista no deseada, que puede crear un ambiente intimidatorio, hostil o humillante; o que puede afectar su actividad o situación laboral, docente, formativa o de cualquier otra índole.
+
Violencia en conflictos sociales
Los conflictos sociales agravan las desigualdades existentes entre los géneros y el riesgo de las mujeres de ser víctimas de distintas formas de violencia por parte de agentes estatales y no estatales.
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Violencia a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación- TIC
La desigualdad en el acceso a Internet y las TIC se conoce como brecha digital e impacta mayormente a las mujeres. En esa línea, además de la discriminación contra las mujeres en el acceso a los espacios digitales, encontramos que mediante este medio ellas reciben una serie de amenazas, insultos, maltratados o chantajes sexuales, que son realizados por personas inescrupulosas que utilizan la tecnología para agredir o acosar a las mujeres, especialmente niñas o adolescentes; la internet ha hecho que la explotación sexual hacia ellas/os, así como la violencia en su contra se “normalice”, lo cual es altamente peligroso.
+
Violencia contra mujeres migrantes
Es cualquier acción o conducta que, dentro de una relación íntima o posterior a ella, causa muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o afectación económica-patrimonial, a las mujeres migrantes
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Violencia en mujeres privadas de libertad
La cárcel expresa también las desigualdades de género de la sociedad, ya que las mujeres privadas de libertad reciben violencia física, sexual y psicológica.
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Violencia en los servicios de salud sexual y reproductiva
Todas las mujeres tienen derecho a recibir el más alto nivel de cuidados en salud, que incluye el derecho a una atención digna y respetuosa en el embarazo y en el parto, y el derecho a no sufrir violencia ni discriminación.
+
Violencia contra mujeres indígenas u originarias
Es cualquier acción o conducta que, causa muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o afectación económica-patrimonial, a las mujeres indígenas u originarias. Esta modalidad se agrava por la pobreza y la discriminación que enfrentan, dentro y fuera de sus pueblos de pertenencia.
+
Acoso a través del proceso judicial

En el marco de la Ley Nº 30364, este tipo de violencia se da cuando la persona demandada utiliza indebidamente las herramientas del sistema judicial con el propósito de acosar, desgastar emocionalmente y económicamente a las mujeres”.

Por ejemplo: Cuando se está frente a una denuncia, el agresor suele responder negando los hechos o señalando que las agresiones fueron mutuas.En este último caso, las supuestas agresiones mutuas son en realidad hechos de violencia por parte del agresor, donde la agraviada intentó defenderse.

Fuente: Observatorio Nacional de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. Modalidades de violencia contra las mujeres: https://observatorioviolencia.pe/modalidades-de-violencia-2


¿Cuáles son los mitos del amor romántico?


El amor romántico es probablemente el sentimiento con mayor presencia en nuestra cultura. Canciones, películas, obras de teatro, cuadros o esculturas tratan el amor romántico y sus consecuencias.

Las sensaciones relacionadas con el amor romántico son siempre intensas como una adicción: intensamente agradables cuando la cosa va bien e intensamente desagradables cuando la cosa va mal (amor no correspondido, celos, sufrimiento tras la ruptura, control y llegar a la violencia de género).

Revisemos algunos mitos del amor romántico:


Nota: Desliza el mouse por los cuadros de texto para obtener más información.


Refiere a la creencia de que necesitamos que alguien nos complemente para ser felices. La verdad es que nadie necesita a otra persona para completarse, somos personas completas, con virtudes y defectos. Tener pareja es una elección personal y no un requisito indispensable para encontrar la felicidad.

Nos han enseñado a pensar que las relaciones son como los cuentos de hadas, donde hay un príncipe azul (fuerte y/o protector) y la princesa maravillosa (débil e indefensa) luchando las adversidades por amor. La realidad es otra, el amor no puede conciliar con la violencia y toda relación crece mientras sean más sinceros y libres.

Los celos son signo de inseguridad, control y dependencia. Además, son una de las emociones que más pueden deteriorar una relación de pareja. Una relación debe basarse en la libertad y la confianza. Si tu pareja te cela, no significa que está enamorado/a, sino que tiene miedo a perder el control sobre ti.






Ruta de atención en casos de violencia según la Ley N° 30364

¿Qué hacer si identifico un caso de violencia?


Si eres víctima de violencia o conoces a alguien que la sufra:

• Resguarda la integridad de la víctima. (Aléjala del agresor y/o espacio físico donde se produjo la agresión).

• Solicita orientación de la Línea 100 o la línea del Ministerio Público.

• Haz tu denuncia presencial o virtual en la dependencia policial más cercana, en la Fiscalía de Violencia contra la mujer, o el Juzgado de Familia.

• Recuerda contar todos los detalles del caso e identifica al agresor.

• Si la agresión es física o sexual, acude inmediatamente a un hospital o centro de salud más cercano donde podrán determinar los daños sufridos en la víctima.

• Solicita una medida de protección, la cual será concedida inmediatamente por el Juzgado de familia.

• En caso puedas hacerlo, abandona el domicilio donde se produjo la agresión. Si tienes miedo de regresar para recoger tus cosas, solicita la compañía de la Policía.

En caso de violencia sexual:

• Resguarda la integridad de la víctima. (Aléjala del agresor y/o espacio físico donde se produjo la agresión)

• Realiza la denuncia de forma presencial o virtual en la dependencia policial más cercana, en la Fiscalía de Violencia contra la mujer, o el Juzgado de Familia.

• Solicita una medida de protección, la cual será concedida inmediatamente por el Juzgado de familia.

• La víctima debe ser trasladada al Instituto de Medicina Legal o al establecimiento de salud, para su examen médico y psicológico.

En caso de desaparición por particulares, la denuncia policial debe ser inmediata.

• Acércate a la dependencia policial más cercana, puede ser una Comisaría o una Depincri (Departamento de Investigación Criminal).

• En Lima, también puedes hacerlo en la Unidad Especializada (División de investigación y Búsqueda de Personas Desaparecidas de la Policía Nacional del Perú).

• Identifícate y otorga tus datos. Además, presenta la fotografía más actual de la persona desaparecida, ya sea en físico o digital.




¿Dónde se presenta la denuncia?

• Policía Nacional del Perú

• Juzgado de Familia

• Fiscalía Especializada en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

• Fiscal Provincial de Familia (cuando las víctimas son niñas/os y adolescentes)

• Fiscalía Penal (Hechos que signifiquen delitos)

¿Quiénes pueden denunciar?

• Mujeres durante todo su ciclo de vida: niña, adolescente, joven, adulta y adulta mayor.

• Integrantes del Grupo Familiar

• Defensor del Pueblo

• Profesionales de Educación

• Profesionales de la Salud

• Cualquier persona

• Los/las niños/as pueden denunciar sin presencia de persona adulta. En estos casos se informa a la Unidad de Investigación tutelar del Ministerio de la Mujer y Poblaciones vulnerables.

¿Qué acciones deben realizar las instituciones involucradas en la ruta de atención en Villa El Salvador?

Nota: Desliza el mouse por los cuadros de texto para obtener más información.


• Registra la denuncia en el sistema SIDPOL o en el libro de denuncias.

• Aplica la Ficha de Valoración de Riesgo y ejecuta las medidas de protección.

PNP Comisarías

• Recibe denuncias sobre cualquier tipo de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar.

• Solicita medidas de protección y medidas cautelares, así como reconocimientos médicos legales a favor de la víctima, de manera gratuita y con garantía de derechos.

Fiscalía Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar

En caso de violencia, al Instituto de Medicina Legal entrega el informe y realiza el examen médico y psicológico para continuar con el debido proceso de la denuncia.

División de Medicina Legal

• Recibe la denuncia por violencia.

• Dicta las medidas de protección o medidas cautelares, en un plazo máximo de 72 horas (3 días), en audiencia oral.

El Juzgado de Familia

Brinda asesoría legal, piscológica y apoyo social de manera gratuita a víctimas de violencia contra las mujeres, integrantes del grupo familiar y personas afectadas por violencia sexual.

Centro Emergencia Mujer - CEM

• Proveen servicios gratuitos para la recuperación integral de la salud física y mental de las víctimas de violencia.

• Conservan la documentación de la prueba de los hechos de violencia; protegiendo el valor probatorio.

• Proveen el kit de emergencia sexual a las víctimas de violación sexual.

• Denuncian los casos de violencia contra la mujer o los integrantes del grupo familiar.

Hospitales, Centros de Salud, Centro Materno Infantil

• Brinda asesoría en materia penal, familiar, civil o laboral sin costo alguno.

• Es un servicio de defensa pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH).

Centro Asistencia Legal Gratuita – ALEGRA

En el marco del DS-003-2021-IN, la Subprefectura otorga garantías personales a todas las personas que se encuentren en situación de amenaza, coacción, hostigamiento, violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, entre otros.

Subprefectura Distrital de Villa El Salvador
OJO: El Juzgado de Familia dicta medidas de protección o medidas cautelares
¿Cuáles son las medidas de protección?

Son medidas de precaución para neutralizar la violencia hacia la víctima. Por ejemplo:

• Retiro de la persona agresora del domicilio.

• Prohibición de comunicarse con la víctima.

• Prohibición a la persona agresora de poseer y usar armas, entre otros.

¿Cuáles son las medidas cautelares?

Son medidas que buscan brindar apoyo y protección a las víctimas. Por ejemplo:

• Asignación de alimentos

• Régimen de visitas

• Prohibición de tenencia, suspensión y extinción de patria potestad


Recuerda

Si en las instituciones no te brindan una atención oportuna, puedes reportarlo en los siguientes canales:

En el caso de Comisarías, se puede acudir a Inspectoría General de la Policía Nacional, Inpectorías Regionales u Oficinas de Disciplina Policía o llamar a la línea gratuita 1818 opción 3 del Ministerio del Interior.

En el caso de centros de salud, se puede contactar con la Superintendencia Nacional de Salud al número (01) 3726127.

Asimismo, cualquier caso de vulneración de derechos en las instituciones se puede reportar en la Defensoría del Pueblo, línea gratuita 0800-15-170